GOBIERNO APLICA ANUNCIADA POLÍTICA IMPOSITIVA DE REACTIVACIÓN
La disposición que afecta a 49 productos, entra en vigencia inmediatamente.
Con el objetivo de devolver la competitividad al comercio internacional
de las fronteras, el Gobierno Nacional ya pone en marcha su política
tributaria con reducciones en las partidas arancelarias de productos de
extra zona y la inclusión de nuevos productos bajo el régimen de
turismo.
El Decreto N° 9.987, firmado el 29 de octubre por el presidente
Federico Franco, dispone de forma parcial y transitoria la reducción de
81 partidas arancelarias que representan a 49 productos importados,
tales como los de informática, electrónica, cosméticos y perfumerías,
entre otros que actualmente tributan un arancel de importación del 20%.
Pero con esta nueva medida, tributarán niveles significativamente
menores que van del 2% y 8%, precisaron desde el Ministerio de
Hacienda.
El documento oficial remarca que tras determinar el impacto negativo de
los efectos de la política cambiaria implementada por las economías
emergentes de la región, en particular la sobre-depreciación del 20% que
ha sufrido el real brasileño, el Gobierno Nacional ha decidido adoptar
como medida de corto plazo las acciones impositivas para intentar
devolver la competitividad al comercio.
El director Nacional de Aduanas, Eduardo de Gásperi, dijo que la
disposición arancelaria entra en vigencia inmediatamente, agregando, que
Hacienda y las demás dependencias vinculadas al tema, deberán informar
periódicamente al Equipo Económico Nacional el impacto de la reciente
disposición.
Por su parte, el presidente de Fedecámaras, Tony Santamaría destacó la
determinación sosteniendo que "en un momento en que el Gobierno necesita
recaudar más, asume una postura tan valiosa por tratar de ayudar al
sector comercial".
RÉGIMEN DE TURISMO
Otra medida refrendada por el Poder Ejecutivo es el concerniente a la
incorporación al régimen de turismo de 17 nuevos productos cuyos,
tributos internos bajarán de 10% a 1,5%.
“Es necesario extender los beneficios establecidos en el Régimen de
Liquidación de Tributos Internos, adecuando los aranceles para
incentivar el flujo comercial y el incremento de la actividad económica
en las regiones de la frontera”, expresa el decreto N° 9.986, firmado
también el 29 de octubre por el Ejecutivo.
El régimen será de aplicación para los contribuyentes que sean personas
jurídicas y/o empresas individuales de responsabilidad limitada ,
inscriptas en el registro establecido que se dediquen a la
comercialización de los bienes contemplados.
En el decreto se establece que el registro es por un plazo de hasta un año y renovable.
Fuente: lanación
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comente aqui