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lunes, 19 de septiembre de 2011

El Estado cubrirá tratamientos renales, del corazón y cáncer. El Poder Ejecutivo promulgó la ley que crea el Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud (Fonaress). Ahora, los altos costos que conllevan las enfermedades complejas tendrán financiamiento.

Por Silvana Molina
silvana@uhora.com.py

Los enfermos renales, cardiacos y oncológicos de Paraguay podrán tener, a partir de ahora, un significativo alivio en medio de toda la carga que implica para ellos sufrir una dolencia de tratamiento largo, costoso y generalmente dramático.

Es que, luego de siete años de haber sido presentado como proyecto al Parlamento Nacional, finalmente el Poder Ejecutivo promulgó la Ley n.º 4392 que crea el Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud (Fonaress).

Este fondo tiene el objetivo de brindar cobertura financiera a procedimientos de medicina especializada y de alto costo, a toda la población, sin distinción.

Actualmente, los elevados costos que conlleva una enfermedad renal crónica, una cardiopatía o algún tipo de cáncer -entre otras-, impide a muchos paraguayos acceder a un tratamiento para mejorar su calidad de vida.

Finalmente, el miércoles pasado fue promulgado por el Ejecutivo. La ley deberá ser reglamentada en un plazo máximo de 90 días

LOGRO. "Este es un logro de muchos años de trabajo y era una gran necesidad", resaltó el doctor Silvio Franco, miembro de la Sociedad Paraguaya de Nefrología. Teniendo en cuenta solo la cantidad de pacientes renales, cardiacos y oncológicos que hay en el país, se estima que unas 2.400 personas por año podrían beneficiarse con este fondo.

AD HONÓREM. El Fonaress será dirigido por un Consejo Ejecutivo Ad Honórem, indica el artículo 8.º de la ley.

Estará integrado por un representante titular y uno suplente de las siguientes instituciones y organismos: el Ministerio de Salud Pública; las facultades de Ciencia Médicas de las Universidades Públicas del Paraguay, con más de 30 años de antigüedad; el Círculo Paraguayo de Médicos y la Asociación de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud, categorizadas como de Nivel 3 y de las habilitadas por el Fonaress.

La presidencia del Consejo será ejercida por el representante titular designado por el ministro de Salud Pública.

El Consejo Ejecutivo sesionará de forma ordinaria una vez por mes, y de manera extraordinaria cuando la situaciones médicas así lo requieran, señala la nueva ley.

¿DE DÓNDE SALDRÁN LOS RECURSOS?

El Fonaress será financiado con los siguientes recursos:

1. Binacionales. Un aporte de por lo menos 39.801 salarios mínimos (casi G. 66 mil millones), provenientes de los Fondos Sociales de las entidades binacionales de Itaipú y Yacyretá, que serán incluidos anualmente en el Presupuesto General de la Nación (PGN).
2. Tesoro Nacional. Un monto de por lo menos 19.901 salarios mínimos (poco más de G. 33 mil millones), con recursos del Tesoro Nacional, que serán incluidos anualmente en el PGN.
3. Cigarrillos. El 5 % de lo recaudado en concepto del Impuesto Selectivo al Consumo, actualmente aplicado a la importación y fabricación de cigarrillos.
4. Alcohol. El 5 % de lo recaudado en concepto de Impuesto Selectivo al Consumo, actualmente aplicado a la importación y fabricación de bebidas alcohólicas.
5. Juegos de azar. El 50 % de los premios de juegos de azar no entregados por no presentarse el ganador.
6. LEGADOs, aportes, créditos y donaciones en general.

ENFERMEDADES QUE ABARCARÁ EL FONDO

-INSUFICIENCIA RENAL AGUDA Y CRÓNICA: Incluye diálisis peritoneal y hemodiálisis.
-TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS: Incluye estudios de histocompatibilidad, cirugías, eventos posquirúrgicos y medicación inmunosupresora.
-CARDIOPATÍAS: Incluye cardiología intervencionista, diagnóstica y terapéutica, estimulación cardiaca, cirugía cardiaca con o sin circulación extracorpórea.
-CÁNCER: Incluye insumos y reactivos para el diagnóstico precoz, drogas antineoplásicas de segunda línea e insumos para el tratamiento paliativo. Asimismo, utilización de técnicas especializadas, diagnósticas y terapéuticas.

*Para modificar los casos con cobertura del Fonaress, el Consejo Ejecutivo emitirá un dictamen, que deberá ser aprobado por decreto.

La cifra
2.400 pacientes al año podrían beneficiarse con el Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud, según las estimaciones de los proyectistas de la ley.

1 comentario:

  1. Que buena noticia, ojala se cumpla al pie de la letra..... y no quede en agua de borraja
    O bien se trunque por la burocracia de siempre.
    En fin seamos positivos....

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