Escrito por Julio Dávalos
Asunción, IP.- El Gabinete del Viceministerio de Transporte (GVMT), por Resolución N° 62/14, de fecha 26 de setiembre del corriente año, reglamentó las características de accesibilidad que deberán reunir las unidades de transporte nuevas (0 km) en el área metropolitana de Asunción para personas con discapacidad, informa la institución a través de un comunicado de prensa.
En el informativo a la opinión pública refiere que la citada subsecretaría de Estado, estableció que las empresas permisionarias que operan en el área Metropolitana de Asunción deberán integrar el 15% de sus parques automotores con unidades de transportes accesibles para personas con discapacidad, según lo establecido en la Norma de Aplicación PNA 39 006 12 ‘‘Unidad Accesible de Transporte de Pasajeros", del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, teniendo como plazo máximo hasta el 31 de Diciembre de 2016.
Agrega que en caso que las empresas no cumplan con esta disposición, dicho incumplimiento será motivo suficiente para la cancelación de su permiso de explotación, previo sumario administrativo, según reza la resolución que lleva la firma del viceministro del área, Agustín Encina.
Además señala que esta reglamentación es con el objetivo de eliminar los obstáculos existentes en el transporte público de pasajeros en área metropolitana de Asunción y de esta manera volver el mismo accesible para personas con discapacidad.
Finalmente refiere que la citada resolución se en el Art. 4°, de la Resolución 459 por la cual se amplian las funciones del Gabinete del Viceministerio de Transporte y en donde apunta como una de sus funciones “establecer las características que deben reunir las unidades de transporte terrestre automotor de pasajeros del área metropolitana para su habilitación y tránsito, en especial de sus dimensiones, peso, capacidad, condiciones, de seguridad, higiene y vida útil"
Fuente: ip.gov.py
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