viernes, 25 de abril de 2014

Ley obliga a telefónicas a acumular saldos no utilizados por los clientes



El Senado sancionó ayer el proyecto de ley por el cual el saldo para llamadas y paquetes de internet de los usuarios de empresas telefónicas no caducarán y serán acumulables a favor del usuario.



Ley obliga a telefónicas a acumular saldos no utilizados por los clientes
Ya no vencerán. Cuando el Ejecutivo apruebe el proyecto el saldo no usado se acumulará.



En medio de fuertes críticas a las empresas del rubro, los legisladores de la Cámara Alta aprobaron sin modificaciones el proyecto de ley “que amplía el artículo 93 de la Ley N° 642/95 De Telecomunicaciones”, aprobado anteriormente en Diputados.
El titular de la Comisión de Obras, el senador colorado Luis Castiglioni, indicó que se esta decisión “va a beneficiar a un 95% de la población”, trayendo a colación que cada paraguayo tiene como mínimo un celular.
“Todos sufrimos las consecuencias de la apropiación indebida de los saldos por parte de las telefónicas. Lo que haremos ahora es justicia”, afirmó. Agregó que la intención es que los mismos puedan utilizar todo el valor de lo abonado.
“Buena parte de centenares de millones de dólares quedan en beneficio de las operadoras”, cuestionó, al igual que el titular de la Comisión de Legislación, Enrique Bacchetta.
En el estadio de votación, la propuesta no encontró objeciones y pasa ahora al Ejecutivo para su promulgación o veto.
El proyecto fue presentado por el diputado colorado Óscar Tuma. Representantes de todas las empresas de telefonía celular que operan en el país se habían reunido anteriormente con el legislador para pedirle que las modificaciones queden a cargo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).
A través de la incorporación del inciso h) que indica que en el caso de las tarifas establecidas por las prestadoras y empresas concesionarias que brinden servicio de telefonía e internet móvil, los minutos acreditados bajo las modalidades abono fijo con factura, prepago con tarjeta, prepago a través de carga virtual y otras forma de acreditación de minutos que en el futuro se disponga, no tendrán plazos de vencimiento, solo se descontará por el uso pleno del crédito. 
La ley vigente, la 642/95, permite a las telefónicas descontar el saldo no utilizado cuando se trata de promociones temporales.

Fuente: ultimahora

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